
El SAT ratifica que sólo cuatro datos son obligatorios para realizar el trámite.Cancún, 21 de enero.- La exigencia de la constancia de situación fiscal como requisito para emitir una factura no está prevista en el Código Fiscal de la Federación y constituye una infracción sancionable, advirtió Pablo Gutiérrez Laguna, vicepresidente de Relaciones y Difusión de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales (Anefac).El especialista explicó que, tras un pronunciamiento emitido desde Palacio Nacional, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ratificó mediante el comunicado 04 de este año que la constancia de situación fiscal no es un requisito obligatorio para la expedición de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI).De acuerdo con la normativa vigente, para emitir una factura únicamente se pueden exigir cuatro datos: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, régimen fiscal y, en algunos casos, el código postal, este último incorporado con la versión 4.0 de la factura electrónica.En entrevista con Radio Fórmula, subrayó que cualquier contribuyente que condicione la emisión de una factura a la entrega de la constancia incurre en una infracción al Código Fiscal, sancionable con multas que van de 22 mil hasta 122 mil pesos.Indicó que esta práctica se ha vuelto recurrente en distintos estados, incluido Quintana Roo, pese a que no tiene sustento legal y genera cargas administrativas innecesarias para los contribuyentes.El especialista aclaró que la constancia de situación fiscal tampoco debe exigirse a los trabajadores para el timbrado de su salario. En estos casos, corresponde al empleador realizar las gestiones necesarias ante el SAT para contar con los datos fiscales que le permitan cumplir con las retenciones y enteros de impuestos.Añadió que la constancia sólo debe actualizarse cuando existan cambios en la situación fiscal del contribuyente, como modificación de domicilio o de obligaciones, por lo que no tiene una vigencia limitada de tres o seis meses, como comúnmente se solicita de manera indebida.Gutiérrez Laguna recordó que desde 2014 la factura electrónica se consolidó como una de las principales herramientas de control fiscal. A través del CFDI, el SAT conoce en tiempo real quién emite la factura, quién la recibe y el monto de la operación, lo que permite realizar cruces de información, auditorías y detección de inconsistencias.Destacó que desde 2018 la autoridad fiscal utiliza inteligencia artificial para analizar estos datos, identificar discrepancias entre ingresos y deducciones, así como detectar posibles irregularidades entre contribuyentes relacionados.Finalmente, el especialista señaló que en operaciones pagadas en parcialidades es obligatorio emitir los complementos de pago correspondientes, ya que estos permiten al SAT controlar la acumulación de ingresos, especialmente en el caso de personas físicas, quienes deben declarar conforme van cobrando, mientras que las personas morales acumulan en el momento de emitir el comprobante.



